jueves, 18 de julio de 2013

Para la próxima clase de Dº Probatorio (lunes 22 de Julio del 2.013)

Investigar lo concerniente a la Unidad I (la confesión), considerando su existencia en el Código de Procedimiento Civil de 1.987 y su adaptación a la Tutela Judicial Efectiva conforme al Estado de Derecho Social y de Justicia en Venezuela, con especial atención a lo previsto en la Garantía Constitucional del Debido Proceso contemplada en el artículo 49, específicamente su ordinal 5º

Código Civil, artículos 1.400 al 1.405 (ambos inclusive)
Código de Procedimiento Civil, artículos 403 al 419 (ambos inclusive)
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 49, ordinal 5º

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